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SEGURO DE HOGAR

Ponemos a tu disposición una completa gama de coberturas para proteger tu hogar, el lugar donde buscas tranquilidad y seguridad. Puede ser tu primer hogar o el definitivo. Puede ser tu vivienda permanente o la de fin de semana. Incluso podrá tener tu impronta y estar concebida en ideas no tradicionales. Contratar un Seguro de Hogar es la mejor manera de cerrarle la puerta a la inseguridad. Calcular el seguro de tu hogar te permetira comparar las diferentes alternativas.

COBERTURAS SEGURO DE HOGAR

 

Incendio Edificio:

Cubre la acción directa o indirecta de: incendio, rayo, explosión, tumulto popular, huelga, lock-out, vandalismo, malevolencia, humo, impacto de aeronaves y/o vehículos terrestres y/o sus partes componentes y/o sus cargas transportadas.

También incluye huracán, vendaval, ciclón y/o tornado y granizo.

Incendio Contenido General. Ofrece protección sobre idénticos riesgos amparados por la cobertura de Incendio Edificio, siendo los daños contemplados bajo esta cobertura, los que padecieran efectos personales del Asegurado o de los que con él convivan o del personal doméstico, que se encontraren contenidos en la vivienda del asegurado.

Incluye bienes en bauleras limitado a un 20% de la suma de Incendio Contenido General.

Todo Riesgo Electrodomésticos

 

Cobertura de pérdida o daño de todos los aparatos y/o equipos de uso doméstico, producidos por incendio, robo o hurto y accidente dentro del domicilio del asegurado. Incluye alta y baja tensión. Sin declaración y sin límite por objeto.

Quedan también incluidos dentro de esta cobertura:

Reposición a nuevo de los aparatos electrodomésticos

– Línea Blanca completa. Heladeras y freezers, lavarropas, secarropas, lavavajillas, hornos y cocinas eléctricas, hornos microondas, ventiladores, extractores de aire, aparatos de aires acondicionados, pequeños electrodomésticos (como licuadoras, tostadoras, batidoras, amasadoras, multiprocesadores, etc.)

– Línea Marrón completa. Televisores, equipos de audio, reproductores y/o grabadores de video y/o audio en cualquier formato, proyectores de imágenes.

– Línea de Lujo completa. Pantallas y/o televisores de LCD, LED o similares y consolas de videojuegos.

*Principales exclusiones:

– Vicio propio o mal uso del bien, contrario a las instrucciones del fabricante.

– Desperfectos mecánicos o eléctricos.

Cristales.

Cobertura de las piezas vítreas verticales exclusivamente (puertas, ventanas, banderolas y espejos) como consecuencia de su rotura o rajadura, instalados en su lugar habitual, excluyendo las vitrinas y otros mobiliarios similares.

Incluye los daños que pudiera producir el granizo sobre las piezas vítreas.

Medida de prestación: a primer riesgo absoluto.

* Principales exclusiones:

– Ralladuras, incisiones, hendiduras u otros daños.

– Los marcos, cuadros, armazones o accesorios.

– Las piezas total o parcialmente pintadas.

– El valor de la pintura, grabados, inscripciones, letras, dibujos, esmerilados y otras aplicaciones de cualquier naturaleza.

Robo y/o Hurto del Contenido General.

Se encuentran amparados los daños materiales del mobiliario del domicilio causados por la desaparición, destrucción o deterioro originados por robo y/o hurto al asegurado, sus huéspedes, personal doméstico y/o miembros de su familia.

Incluye el robo de bienes en bauleras limitado a un 20% de la suma de Robo y/o Hurto del Contenido General. Se exceptúa la cobertura de hurto en los bienes en baulera.

Medida de prestación: a primer riesgo absoluto.

Responsabilidad Civil Linderos.

Cubre los daños producidos por incendio y/o explosión y/o rayo sobre bienes, muebles o inmuebles de terceros linderos originados en hechos privados imputables al asegurado según los términos de la cobertura de Incendio.

Responsabilidad Civil Hechos Privado

 

Protege al Asegurado por hechos privados imputables al mismo, ocurridos dentro de la República Argentina, en los que se vieran afectados terceros. Incluye el riesgo de uso de pileta de natación.  RC Hechos privados en República Argentina. Se excluyen trabajos realizados en la vía pública que no fueran consecuencia de una tarea de emergencia.

Se brinda protección dentro del ámbito de la República Argentina, cubriendo La Responsabilidad Civil emergente de los hechos privados imputables al Asegurado y/o su cónyuge, siempre que conviva con él y/o cualquier otra persona por la que el mismo y/o su cónyuge sean legalmente responsables.

Quedaran incluidos automáticamente la tenencia de animales domésticos, caída de objetos y/o arboles del predio, suministro de alimentos contratistas y/o subcontratistas por tareas que deban realizar de: jardinería, plomería, cerrajería, limpieza e tanques de agua, electricidad y trabajos de mantenimiento (pintura y/o limpieza).

Objetos Específicos en República Argentina

Esta cobertura sin franquicia ampara contra robo e incendio, bienes específicos nominados. Máquinas fotográficas o de video, notebooks, tablets, teléfonos móviles, equipos médicos de uso personal, holters, glucómetros, audífonos, instrumentos musicales, bicicletas.  Se deberá detallar la marca, modelo, número de serie y suma asegurada de cada objeto. En el caso de teléfonos móviles se deberá declarar el IMEI en lugar del número de serie.

Objetos Específicos en domicilio exclusivamente. Esta cobertura sin franquicia ampara contra todo riesgo, bienes específicos nominados. Máquinas fotográficas o de video, computadoras, notebooks, tablets, teléfonos móviles, equipos médicos de uso personal, holters, glucómetros, audífonos, instrumentos musicales, bicicletas.  Incluye alta y baja tensión.

Se deberá detallar la marca, modelo, número de serie y suma asegurada de cada objeto. En el caso de teléfonos móviles se deberá declarar el IMEI en lugar del número de serie.

 Accidentes Personales para el asegurado. Cobertura de Muerte e Invalidez las 24 hs.

 Daños por Agua al Contenido.

Cubre los daños causados por filtración, derrame, desborde o escape que sea consecuencia de roturas, obstrucción, deficiencia en la provisión de energía o falla en la instalación, que pertenezca a la vivienda del asegurado.

 Seguro de Jugadores de Golf.

Cubre las pérdidas o daños causados por incendio, robo o hurto, sufridos por el equipo de golf del Asegurado, mientras se halle en poder del mismo o de persona autorizada o depositado para su guarda en cualquier local de un Club de Golf autorizado por la Asociación Argentina de Golf. Se deberán detallar los componentes del juego, indicando marca, modelo y suma asegurada de los palos y de la bolsa.

Se incluye la Rotura de Palos de Golf producida en el desarrollo normal del juego en cualquier cancha de Golf autorizada por la citada asociación y dentro de los límites ya señalados.

 Hoyo en Uno. Se cubren los gastos de festejo por la concreción de un hoyo en un solo golpe, durante el desarrollo de una competencia en cancha reconocida por la Asociación Argentina de Golf.

Remoción de Escombros. Contempla los gastos que necesariamente se originen en la limpieza y/o remoción de escombros, y/o demolición del edificio.

Daños Estéticos. Son aquellos que alteran la continuidad y coherencia estética que los bienes asegurados ostentaban con anterioridad a un siniestro cubierto por esta póliza. Los mismos estarán cubiertos para las coberturas de incendio, robo y/o daños por agua.

Gastos de Alojamiento. Se indemnizarán los gastos de alojamiento incurridos para los ocupantes, en el caso que un siniestro cubierto haga inhabitable la vivienda asegurada. La presente cobertura no amplía la Suma Asegurada de Incendio Edificio, sino que se encuentra contenida en ella.

Gastos de Limpieza. Se indemnizarán los gastos de limpieza con motivo de los daños que sufra el contenido, en la medida en que dicho gasto sea consecuencia de un siniestro cubierto.

Alimentos en Freezer.

 

Cobertura por pérdidas o deterioros de alimentos depositados en heladeras o freezer o aparatos congeladores de uso doméstico, causados por la paralización de estos a consecuencia de la falta accidental de suministro de energía eléctrica por más de doce horas consecutivas. Esta cobertura es un sub-límite sobre la suma asegurada de Incendio Contenido.

Reemplazo de Documentos. Se cubrirá el costo de reemplazo de los siguientes documentos: DNI, Pasaporte y Registro de Conducir. El ámbito de cobertura es dentro del domicilio y por las causas de Robo o Incendio. Esta cobertura está sujeta a que se ampare el riesgo de Incendio y/o de Robo Contenido General. La presente cobertura refiere única y exclusivamente al valor del arancel que las autoridades correspondientes perciban para la emisión de los mismos.

Robo y/o Hurto de llaves – Rotura de Cerraduras. Cobertura por un solo y único evento por año. Se cubre el Robo y/o Hurto de llaves, además de los daños accidentales a las cerraduras de las puertas externas a la vivienda. Se abonará el costo de reposición de las llaves, con un máximo de tres juegos de llaves, abonando además el reemplazo de la cerradura respectiva o el cambio de combinación de la misma.

Robo de Dinero en Efectivo. Cubre el robo de dinero en efectivo que se encuentre en el domicilio.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué cubre un Seguro de Hogar?

Un seguro de hogar cubre varios riesgos y bienes, desde el edificio, pasando por el contenido y los cristales y en algunos casos, hasta la comida que tenés en el freezer.

¿Qué tipo de vivienda puedo asegurar?

Cualquier vivienda que sea de uso familiar y de ocupación permanente o semipermanente (habitada como mínimo 45 días consecutivos o 120 alternados en el año)

 

¿Puedo asegurar mi casa si estoy alquilando? ¿Y a quién indemniza la compañía en caso de siniestro?

Como inquilino podés contratar cualquiera de nuestras coberturas. Tené en cuenta que muchas veces contratar un seguro es una condición para poder acceder a un alquiler, motivo por el que podés cotizar alguno de nuestros productos y disfrutar de vivir tranquilo. En caso de siniestro, la indemnización corresponde al titular de los bienes.

¿Puedo contratar una póliza de Hogar si soy inquilino?

Si. No es requisito ser propietario para contratar este tipo de seguros.

 

¿Debo declarar los electrodomésticos de mi vivienda y los bienes tecnológicos que aseguro?

No, no es necesario declarar las características de los bienes que quiero cubrir.

 

¿Qué se considera como Tecnología?

Celulares, Tablets, GPS, computadoras portátiles y escritorio, cámaras fotográficas, Smart-watch.

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